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Aug 10, 2023

santamonica.gov

24 de agosto de 2023 8:01 por Elias Platte-Bermeo

Desde 1991, los sopladores de hojas a gasolina están prohibidos en Santa Mónica para reducir la contaminación del aire y el ruido asociados. Sin embargo, muchos sopladores de hojas que funcionan con gasolina siguen utilizándose. Estos sopladores de hojas que funcionan con gasolina suelen tener altos índices de sonido, entre 80 y 100 decibeles, y emiten contaminantes que son perjudiciales para el medio ambiente y la salud humana.

En julio de 2023, el Concejo Municipal adoptó cambios de política para abordar este problema al permitir solo sopladores de hojas eléctricos de cero emisiones que tengan una clasificación de sonido igual o inferior a 70 decibeles y mejorar la aplicación de la política de sopladores de hojas de la ciudad al permitir que los miembros de la comunidad envíen fotografías o videos. evidencia de violaciones. Los miembros de la comunidad pueden denunciar sospechas de violaciones de esta política a través del sistema 311 de la ciudad navegando a la categoría "Queja de ruido".

Esta política actualizada permite un paisajismo eficiente y al mismo tiempo garantiza que los equipos no excedan los niveles de ruido saludables. También apoya el objetivo del Plan de Acción y Adaptación Climática de la ciudad de neutralidad de carbono y los objetivos del Plan de Ciudad Sostenible en torno a mejorar la calidad del aire para todos.

Es importante destacar que esta política actualizada traslada la carga del cumplimiento de los trabajadores del paisajismo, que normalmente reciben salarios bajos, a la persona o entidad que los emplea. Los paisajistas empleados no serán responsables de las infracciones si una parte responsable les proporciona un dispositivo prohibido, como un soplador de hojas a gasolina, o si una persona responsable les indica que realicen actividades de jardinería prohibidas, como el uso de un soplador de hojas a gasolina. fiesta. Las partes responsables incluyen al dueño de una propiedad, inquilino, ocupante, persona con un interés legal en bienes inmuebles o persona en posesión de bienes inmuebles, el presidente u otro jefe de una entidad o una persona autorizada por una entidad para recibir notificaciones judiciales en un proceso civil. acción, propietario de una empresa o administrador de una empresa.

Para obtener más información sobre la política actualizada de sopladores de hojas de Santa Mónica, visite el sitio web de la ciudad.

Elías Platte-Bermeo Analista de Sostenibilidad

Programas, Sostenibilidad y Medio Ambiente

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